¿Qué requisitos debe tener un ascensor accesible?
Favorecer la accesibilidad de los edificios al máximo para todas las personas, incluyendo a aquellas que tengan limitaciones de movilidad o cualquier otro tipo de discapacidad, es una de las razones más importantes por las que existen los ascensores. Esta premisa se aplica para todo tipo de infraestructuras: edificios residenciales, comerciales, de uso público o privado.
Ahora bien, ¿Qué es un ascensor accesible y cuáles son las características que los hacen
altamente eficientes y que cumplan con la normativa legal establecida en torno al tema? A continuación te damos todos los detalles.
¿Qué es un ascensor accesible?
Los ascensores accesibles son aquellos que han sido diseñados, fabricados e instalados, pensando en que sirvan de forma óptima para el traslado cómodo, seguro y oportuno de personas con cualquier tipo de discapacidad. Para ello cuentan con diferentes adaptaciones que se aplican principalmente en el área de acceso, la cabina, los mecanismos de control y la señalización visual y sonora.
Tales adaptaciones están asentadas en la normativa legal de la Asociación Española de Normalización (UNE), lo que quiere decir que, en algunos casos, contar con un ascensor accesible no es una política de inclusión opcional, sino que estos requisitos deben ser
cumplidos con obligatoriedad.
Lo más importante de todo esto, es que propicia la creación de espacios cada vez más inclusivos, en los que todas las personas se puedan desenvolver y desempeñar sus actividades cotidianas, ya sean domésticas o laborales, sin tropiezos o inconvenientes.
Requisitos legales para la instalación de un ascensor accesible
La normativa que rige la instalación de un ascensor y/o Plataformas accesibles están contemplados en la normativa UNE EN 81-70:2018, que versa sobre la “Accesibilidad a los ascensores de personas, incluyendo personas con discapacidad”. Este documento forma parte del Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (CTE-SUA) del Código Técnico de Edificación (CTE). Esta normativa encuentra sustento en el Real Decreto Legislativo 1/2013 sobre accesibilidad y la Ley 8/2013 sobre rehabilitación, regeneración y renovación urbana, y debe aplicarse en todos los niveles: local, autonómico y estatal.
Asimismo los requisitos que deben cumplir las plataformas elevadoras verticales para el uso por personas con movilidad reducida está contemplado en la normativa UNE_EN 81- 41:2011.
¿Cuáles son los requisitos con los que debe cumplir un ascensor accesible?
En función de hacer que los ascensores sean accesibles para todos los usuarios, está establecido que deben cumplir con los siguientes requisitos:
Zona de acceso
El vestíbulo o zona de embarque y desembarque debe tener al menos 1,50 m de ancho por 1,50 m de largo, y estar libre de obstáculos u objetos que puedan entorpecer la entrada y salida. De esta manera, los usuarios en sillas de ruedas pueden realizar una vuelta sobre su propio eje o cualquier otra maniobra que le permita abordar el ascensor o dejarlo de la forma más cómoda y segura posible.
Además, para mayor estabilidad y seguridad en el momento de embarcar y desembarcar se exhorta a colocar una separación horizontal máxima de 2 cm entre el suelo de la cabina y el suelo del rellano.
Medidas y características de la cabina/Plataforma
Los requisitos con los que debe cumplir la cabina incluyen medidas mínimas de 1 metro de ancho por 1,25 metros de fondo, permitiendo el acceso a una persona en silla de ruedas con un acompañante. Además, debe estar dotada con un pasamanos lateral a 90 centímetros de altura, separado por 35 mm del paramento y con los extremos doblados hacia la pared para evitar contratiempos.
Además, se establece que el espejo sea colocado a 30 centímetros del suelo para que cumpla con una función orientadora, en caso de que las personas con movilidad reducida necesiten dar una vuelta o maniobrar para salir o entrar al ascensor.
Señalización visual, auditiva y de iluminación
Los ascensores accesibles incorporan una serie de señalizaciones para orientar a los usuarios y facilitar al máximo su uso. En primer lugar, si hay varios elevadores en el edificio, se debe indicar con el símbolo internacional de accesibilidad, cuál o cuáles cumplen con la normativa respectiva.
Tanto en el interior como en el exterior, junto a la botonera y sobre las puertas, respectivamente, se debe instalar un sistema de señalización que indique en qué planta se encuentra el ascensor y si va subiendo o bajando.
Por su parte, la cabina del ascensor debe contar con señales sonoras que indiquen el momento de apertura y de cierre de puertas, además de la llegada a la planta de parada. En cuanto a las luces, deben estar ubicadas en el techo para generar una iluminación homogénea y evitar que interfieran en el ángulo de visión de los usuarios.
Botoneras y dispositivos de control
La normativa indica que la botonera del ascensor accesible debe tener caracteres en “Braille” con relieve y contraste cromático para las personas con discapacidad visual.
A fin de colocarla al alcance de los usuarios en silla de rueda, el reglamento indica que las botoneras y los dispositivos de control deben estar situadas a una altura entre 90 y 110 centímetros.
Diseño de ascensores accesibles a medida
En Cibes Lift contamos con más de 75 años de experiencia diseñando e instalando elevadores para mejorar la calidad de vida de todas las personas.
Por ello, contamos con diferentes modelos de ascensor accesible para silla de ruedas aptos para todo tipo de edificios privados y públicos. Nuestras plataformas elevadoras y elevadores de cabina no solo cumplen con la normativa legal establecida para la accesibilidad, sino que también se adaptan perfectamente a las necesidades de cada usuario, garantizándoles un gran confort y la mayor libertad de movilidad. Contáctanos, te ofreceremos asesoría y toda la información que necesitas.
